NUTRICOMP ADN DE WATT´S S.A.
Abogados de la defensa, abogados querellantes, junto a fiscales, jueces de garantía de San Bernardo y algunos ministros de la Corte de Apelaciones de San Miguel, actuaron en connivencia -todos juntos- para perpetrar una Estafa Procesal, y más precisamente un Juicio Simulado, centrándose el ARDID en establecer como "delito" una acción u omisión que el Código Penal de Chile no establece como tal, contraviniendo -todos estos abogados- la máxima que versa "NULLA POENA SINE LEGE" (No existe pena sin una ley). Este Juicio Simulado fue ejecutado vilmente por todas las partes intervinientes con el objetivo de distraer la atención de la Justicia y evitar que se conociera la verdad: que Watts S.A. era el elaborador histórico del alimento y que era dueño, en iguales partes, junto a B. Braun Medical S.A., del fatídico alimento NUTRICOMP ADN.
Watt´s S.A. y B. Braun Medical S.A. -y sus antecesoras legales- elaboraron, distribuyeron, comercializaron y exportaron NUTRICOMP ADN por cerca de 24 años, sin que dicho producto contase con las Autorizaciones tanto de la Comisión de Régimen de Control Aplicable del ISP, como evadiendo las disposiciones del Servicio Nacional de Aduanas, con el agravante que el Estudio Jurídico PUGA & OTRIZ, en la persona de ENRIQUE PUGA CONCHA, formaba parte integrante del Contrato de Manufactura de dicho fatídico producto, al menos desde el año 1994 en adelante.
Infringendo la Disposiciones Aduaneras, el Código Sanitario y los respectivos reglamentos chilenos, el ciudadano alemán Ludwig Georg Braun -Presidente de la Cámara de Comercio Alemana y CEO de la empresa B. Braun Melsungen AG- permitió que en Chile, por medio de dos empresas nacionales, y por espacio de 24 años, se elaborara, distribuyera, comercializara y exportara, un Alimento de Uso Médico como si fuese un mero Suplemento Alimenticio de nombre NUTRICOMP ADN.
Para evitar su procesamiento internacional, y dado que la composición del producto nunca fue revisada por el ISP ni por la Comisión de Régimen de Control Aplicable (también dependiente de dicho Instituto, ISP) el señor LUDWIG BRAUN -junto a numerosos abogados chilenos- para desviar la atención en el verdadero problema (el que los aceites reaccionaban y se descomponían) urdieron un plan o ARDID: establecer como delito, punible por la Ley Chilena, la acción o la omisión de mermar o disminuir el contenido del mineral Potasio en un Suplemento Alimenticio (el cual está destinado a grupos etarios y no a personas enfermas), de modo de hacer aparecer que una manifestación clínica como la Hipokalemia (secundaria a desequilibrios en el ácido-base de un paciente) fuese el resultado de una Dieta aparentemente baja en Potasio.
Todo este ARDID claramente aprobado por LUDWIG GEORG BRAUN es obra de una mente enferma, torcida y abiertamente genocida, porque pretende -además de "reirse" en la cara de los profesionales chilenos- que su acto quede impune dada la ignorancia y corrupción de las autoridades chilenas.
NUTRICOMP ADN fue elaborado en Chile, pero exportado a países como Argentina, Brasil, Bolivia, Perú, Colombia, Panamá, Cuba, República Checa, Rusia, Vietnam, Filipinas, etc.; países en los que se vendía como Producto Farmacéutico y bajo Receta Médica. ¿Por qué, entonces, en Chile los médicos y enfermeras lo consideraron -por 24 años- como un mero Suplemento Alimenticio?
Watt´s S.A. y B. Braun Medical S.A. -y sus antecesoras legales- elaboraron, distribuyeron, comercializaron y exportaron NUTRICOMP ADN por cerca de 24 años, sin que dicho producto contase con las Autorizaciones tanto de la Comisión de Régimen de Control Aplicable del ISP, como evadiendo las disposiciones del Servicio Nacional de Aduanas, con el agravante que el Estudio Jurídico PUGA & OTRIZ, en la persona de ENRIQUE PUGA CONCHA, formaba parte integrante del Contrato de Manufactura de dicho fatídico producto, al menos desde el año 1994 en adelante.
Infringendo la Disposiciones Aduaneras, el Código Sanitario y los respectivos reglamentos chilenos, el ciudadano alemán Ludwig Georg Braun -Presidente de la Cámara de Comercio Alemana y CEO de la empresa B. Braun Melsungen AG- permitió que en Chile, por medio de dos empresas nacionales, y por espacio de 24 años, se elaborara, distribuyera, comercializara y exportara, un Alimento de Uso Médico como si fuese un mero Suplemento Alimenticio de nombre NUTRICOMP ADN.
Para evitar su procesamiento internacional, y dado que la composición del producto nunca fue revisada por el ISP ni por la Comisión de Régimen de Control Aplicable (también dependiente de dicho Instituto, ISP) el señor LUDWIG BRAUN -junto a numerosos abogados chilenos- para desviar la atención en el verdadero problema (el que los aceites reaccionaban y se descomponían) urdieron un plan o ARDID: establecer como delito, punible por la Ley Chilena, la acción o la omisión de mermar o disminuir el contenido del mineral Potasio en un Suplemento Alimenticio (el cual está destinado a grupos etarios y no a personas enfermas), de modo de hacer aparecer que una manifestación clínica como la Hipokalemia (secundaria a desequilibrios en el ácido-base de un paciente) fuese el resultado de una Dieta aparentemente baja en Potasio.
Todo este ARDID claramente aprobado por LUDWIG GEORG BRAUN es obra de una mente enferma, torcida y abiertamente genocida, porque pretende -además de "reirse" en la cara de los profesionales chilenos- que su acto quede impune dada la ignorancia y corrupción de las autoridades chilenas.
NUTRICOMP ADN fue elaborado en Chile, pero exportado a países como Argentina, Brasil, Bolivia, Perú, Colombia, Panamá, Cuba, República Checa, Rusia, Vietnam, Filipinas, etc.; países en los que se vendía como Producto Farmacéutico y bajo Receta Médica. ¿Por qué, entonces, en Chile los médicos y enfermeras lo consideraron -por 24 años- como un mero Suplemento Alimenticio?

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